Por Oscar Ramos Valverde, Presidente de CONAAC
Los negociadores de la Unión Europea, en lo referente a Convenio de Asociación entre los países centroamericanos y los países europeos, que forman parte de la Unión Europea, pareciera que quieren pretenden sorprender a los gobiernos de los países de Centroamérica, imponiendo normas como la eliminación del Agente de Aduana, no obstante que en su propia legislación aduanera reconocen esa figura y ha sido ratificada por el Parlamento Europeo en el nuevo Código Aduanero Europeo, que entrará en vigencia el próximo 1 de enero de 2009, con el objetivo de mejor los controles aduaneros y garantizar la renta aduanera.
Nos debemos preguntar: ¿por qué en el nuevo Código Aduanero de la Unión Europea se reconoce y ratifica la figura del Agente de Aduana.?, la respuesta la ofrecen los funcionarios aduaneros españoles en el periódico electrónico huelvainformacion.es, de la siguiente forma:
“Los Técnicos de Hacienda denuncian que las aduanas son “auténticos coladeros” • El reconocimiento físico de los productos se realizó en el 9,6% de las partidas que llegaron a la provincia el año pasado”. No creemos que ese sea lo que pretenden con el Acuerdo de Asociación los negociadores europeos.
Los Profesionales Agentes de Aduana de Centroamérica, son una verdadera garantía para la seguridad jurídica de los importadores y exportadores, así como respecto al debido pago de la renta aduanera, lo cual constituye una certeza para los ingresos fiscales de los Estados. A lo anterior se debe agregar el verdadero control de los productos químicos, para que no afecten la fauna y flora, así como los mantos acuíferos. Coadyuvando también con la lucha contra el terrorismo y narcotráfico.
El profesional Agente de Aduanas, tiene una verdadera formación profesional en las distintas materias aduaneras como: 1) el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, 2) El Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII de Acuerdo General sobre Arancel Aduaneros y Comercio de 1994 (Valor de las Mercancías), 3) Las Normas de Origen de las Mercancías, según los criterios de la Organización Mundial de Comercio. 4) Las Normas de Origen de conformidad con los distintos Tratados de Libre Comercio, que los países centroamericanos han suscrito con terceros países. 5) La normativa aduanera comunitaria centroamericana (CAUCA, RECAUCA, Tránsito terrestre). 6) Ley General de Aduanas y su Reglamento, manuales de procedimientos aduaneros. 7) Sistema Informático TICA: Importación, importación temporal, Transito interno de mercancías, Exportaciones. 8) Regímenes aduaneros: Importación, exportación, temporales: Tránsito aduanero nacional e internacional, trasbordo, depósito aduanero, servicio de reempaque y distribución, perfeccionamiento Activo, devolución de derechos, 9) Declaración anticipada 10) Reclamaciones aduaneras.
Lo anterior pone en evidencia que para ser un Agente de Aduanas, debe contarse con un claro conocimiento de toda la materia jurídica, procesal y técnica.
No nos dejemos sorprender por este neocolonialismo, que pretenden sorprendernos con nuevos espejos, y así arrebatarnos nuestra soberanía aduanera.
Columnista huésped | 19 de Marzo 2008
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