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Democracia, igualdad pol�tica e informaci�n

Columnista huésped | 31 de Mayo 2007

El Observatorio de la Libertad de Expresi�n explica y reafirma los t�rminos de la carta que sus integrantes dirigieron a las se�oras y al se�or Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones sobre el refer�ndum. Esta nota responde a preocupaciones aparecidas en diversos medios de comunicaci�n.

• Los Observadores Ciudadanos: Pablo Barahona Kr�ger, Giselle Boza Solano, Mar�a Eugenia Bozzoli Vargas, Alberto Ca�as Escalante, Hilda Chen Apuy, Gerardo Fumero Paniagua, Glenm G�mez �lvarez, Juan Rafael Quesada Camacho, Luis S�enz Zumbado, Iv�n Salas Leit�n, Luis Guillermo Sol�s Rivera, Gerardo Trejos Salas, Enrique Villalobos Quir�s, Armando Vargas Araya, Juan Manuel Villasuso Estomba.

1. El refer�ndum posee una importancia m�s all� de la mera convocatoria al acto para el ejercicio de la potestad ciudadana. Es un mecanismo que debe fortalecer a la sociedad en un esquema de convivencia, tolerancia y paz social. Dentro del prop�sito de defender y promover el ordenamiento jur�dico, as� como los valores c�vicos y democr�ticos de Costa Rica, es oportuno estimular un di�logo abierto y participativo en un ambiente cada vez m�s propicio al ejercicio ciudadano de la libertad de conciencia; la libertad de expresi�n del pensamiento; la libre circulaci�n de las ideas; la ausencia de censura previa; el derecho a la informaci�n adecuada, veraz y oportuna; la garant�a del pluralismo y el respeto de la diversidad.

2. Costa Rica es un Estado Social de Derecho. Nadie puede estar m�s all� de la Constituci�n Pol�tica. La libertad de informaci�n est� reglada por el numeral 46 constitucional, como derecho ciudadano a recibir informaci�n adecuada y veraz. Si bien esta norma surgi� en 1996 en el contexto de los derechos del consumidor, su alcance tiene un desarrollo jurisprudencial que abarca la libertad de expresi�n. A manera de ejemplo puede consultarse la Sentencia n�mero 11-98 del Tribunal Penal de Juicio, del Segundo Circuito Judicial de San Jos�, a las 14 horas del 9 de marzo de 1998.

3. Toda libertad trae aparejada una responsabilidad. La verdad es un principio axiol�gico consustancial a la libertad de expresi�n. El C�digo de �tica del Colegio de Periodistas de Costa Rica, fija en su art�culo 6�, como tarea primordial, hacer realidad el derecho a una informaci�n ver�dica y aut�ntica, alejada de cualquier tipo de distorsi�n. La Declaraci�n de Chapultepec, de la Sociedad Interamericana de Prensa, establece el compromiso de los medios de comunicaci�n con la verdad, basada en los criterios de precisi�n, imparcialidad y equidad. La Constituci�n de Espa�a reconoce el derecho a comunicar o recibir libremente informaci�n veraz por cualquier medio de difusi�n (Art. 20.1.d).

4. El Observatorio de la Libertad de Expresi�n acogi� e hizo suya la propuesta difundida por el diario La Naci�n (13 de mayo de 2007, p�g. 33-A), para “garantizar la plena vigencia de la libertad de expresi�n e informaci�n, as� como la no manipulaci�n de la opini�n p�blica y, sobre todo, de estrictas condiciones de equidad, la cual, si bien en extremo dif�cil de controlar y garantizar, es al mismo tiempo la condici�n central para asegurar el �xito del refer�ndum. Para ello es importante propiciar un pacto de compromiso y responsabilidad con los medios de comunicaci�n, que sin violentar la libertad de expresi�n asegure, al mismo tiempo, un comportamiento profesional y equitativo tanto en lo que refiere al acceso a los mismos como en el tratamiento que �stos hagan de las noticias (desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo)”.

5. Asimismo, sobre la garant�a de una igualdad amplia e irrestricta en el trato de los medios de comunicaci�n a la alternativa ofrecida al ciudadano en el refer�ndum, el Observatorio de la Libertad de Expresi�n acogi� e hizo suya la propia doctrina del Tribunal Supremo de Elecciones sobre democracia, igualdad pol�tica e informaci�n, de su resoluci�n n.� 2759-E-2001, de las 13 horas del 26 de diciembre de 2001. Para el TSE, “el derecho a la igualdad, junto con el derecho a la libertad, conforman el contenido b�sico del concepto DEMOCRACIA establecido por el art�culo 1� de la Constituci�n Pol�tica como sistema fundamental de nuestra organizaci�n pol�tica”. Resulta incuestionable para el TSE que los medios comunicaci�n “cumplen un fin p�blico, de singular importancia para la democracia costarricense, mediante la divulgaci�n de cultura, educaci�n e informaci�n y en consecuencia esa actividad, aunque la realice una empresa privada, persigue un fin p�blico y por ello debe respetar tanto la funci�n social que satisface como la igualdad de trato a los beneficiarios y usuarios”. Si bien los medios de comunicaci�n “se encuentran amparados por el derecho a la libertad de empresa o comercio establecida en el art�culo 46 de la Constituci�n Pol�tica, tampoco este derecho es irrestricto, ya que el Estado puede limitar, aunque no suprimir ni lesionar gravemente la libertad empresarial, en casos de inter�s o necesidad p�blica”.

6. El Observatorio de la Libertad de Expresi�n felicita al Colegio de Periodistas de Costa Rica por su acuerdo ante el refer�ndum (28 de mayo de 2007), en el que demanda del TSE: (a) “garantizar al electorado informaci�n cierta, clara y precisa sobre los temas del refer�ndum”, (b) “velar por que los medios de comunicaci�n brinden un tratamiento informativo balanceado a los asuntos atinentes al proceso del refer�ndum, as� como por la total transparencia respecto del origen del financiamiento de las pautas publicitarias sobre ese tema”, y (c) “evitar la intervenci�n de intereses ajenos a la nacionalidad costarricense, que pretendan influir en la voluntad de los electores”. Asimismo, insta a los medios de comunicaci�n para que “ejerzan sus tareas informativas en estricto apego a los principios de veracidad, rigurosidad y balance, y abran sus espacios equitativamente a las diversas posiciones y a la pluralidad de pensamientos respecto del TLC y del refer�ndum”.

7. Como instituci�n al servicio de todos los costarricenses, el Observatorio de la Libertad de Expresi�n se abstiene de tomar partido sobre el TLC, como tampoco favorece ninguna posici�n de cara al refer�ndum. Defiende y promueve la armonizaci�n de derechos humanos, principios y valores constitucionales, en aras de la igualdad y la participaci�n democr�tica de los ciudadanos. Nos motiva el prop�sito de coadyuvar a que el Estado asegure la plena vigencia de la libertad de expresi�n y del derecho a la informaci�n en la conformaci�n de la voluntad pol�tica de la ciudadan�a en general y de los electores en particular.

San Jos�, 30 de mayo de 2007

Columnista huésped | 31 de Mayo 2007

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