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Constitución e ideología

Raúl Marín | 17 de Julio 2007

El debate sobre la constitucionalidad del TLC entre don Rubén Hernández y don Juan J. Sobrado admite confirmar, según la expresión popular, que “no hay peor espina que la del mismo palo”, pues ambos proceden de las tiendas de la derecha tica. Eso supondría que la discusión sobre el TLC se reduce a probar quién está más cerca de la actual política comercial norteamericana.

Aparte de esa disputa, siempre interesante desde el punto de vista normativo y ético, no cabe duda de que nuestras normas constitucionales vehiculan criterios ideológicos. Eso quiere decir que la Carta Magna de 1949 es filosóficamente de izquierda –guerra fría excluida o incluida–, y, por ello, coto cerrado al neoliberalismo globalizante, cuya consigna es lograr sus metas bajo el lema de “¡tierra arrasada !”.

Muy elocuente al efecto es la entrevista aparecida en Le Monde del 10/06/07 en la que el investigador Kaki Laïdi señala, “La derecha vislumbra dentro de la libertad la condición correcta de la igualdad. La izquierda, al contrario, no cree que esa primera exigencia conduzca naturalmente a la segunda. La vocación histórica de la izquierda se sostiene, entonces, en acompañar a los más débiles y en vigilar a que el enriquecimiento más rápido de una parte de la sociedad no genere en los que la aprovechan legítimamente un egoísmo social que bloquearía el progreso de los otros poniendo en peligro la paz social.” (La traducción es libre. El entrevistado es coautor con Gérard Grunberg, del ensayo Sortir du pessimisme social publicado por Hachette/Coll. Telos, 2007, 240 p. Ambos son profesores del Centro Nacional de Investigación Científica de Francia).

A partir de ese enunciado, la social democracia, la democracia cristiana y, naturalmente, el marxismo, o sus retazos son –o deberían serlo– movimientos de izquierda, mientras que el liberalismo y su nieto, que ahora llaman “neo”, son de derecha, al igual que sus compañeros de viaje que idolatran la libertad de comercio y menosprecian la intervención estatal.

La libertad, bien entendida, debería conjugarse con la igualdad para lograr una sociedad respetuosa del ser humano; no obstante, quienes erigen al mercado como un dios todopoderoso opinan que una mano invisible –tal como lo postuló Adam Smith– o que el fenómeno del rebalse de las migajas de la economía, son suficientes para mitigar las desigualdades sociales. Desde tal perspectiva, toda intervención estatal está satanizada “a priori” Ese enfoque es lo que el Papa Juan Pablo VI denominó “liberalismo salvaje”, porque contraviene los principios sociales cristianos.

¿Se ha impuesto en el mundo el liberalismo económico como lo afirman sus prosélitos, últimamente capitaneados por el recientemente fallecido economista Milton Friedman?

No parece ser así. Los bancos centrales impiden a esa “prodigiosa” extremidad superior intervenir a su antojo, al igual que férreamente lo hacen los guardianes de la economía mundial, el G 8, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la Organización Mundial del Comercio y otros subalternos.

El asunto ya no radica en una hechicera economía sino en la dirección que el ciudadano –o sus representantes– le impriman, en función de fines superiores.

El tema está en el corazón del TLC pues toca las cuestiones medulares de los servicios públicos de salud, electricidad, seguros y de la ganadería, la silvicultura, la pesca y la agricultura nacionales. Además, tanto el ámbito ecológico como el laboral, recibirían con ese tratado consecuencias nefastas.

En la sentencia Nº 1441-92 del Tribunal Constitucional solemnemente se dijo: “El principio general básico de la Constitución Política está plasmado en el artículo 50, al disponer que “el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza”, lo que unido a la declaración de adhesión del Estado costarricense al principio cristiano de justicia social, incluido en el artículo 74 ibídem, determina la esencia misma del sistema político y social que hemos escogido para nuestro país y que lo definen como un Estado social de Derecho.-“ (Las negritas y las cursivas no son del original). Esa jurisprudencia se reitera al menos en 12 fallos posteriores.

Desde luego que la Constitución contiene una ideología, concebida como un conjunto de ideas cardinales para la orientación del manejo de los asuntos públicos, lo que en su momento enfáticamente consagró la jurisprudencia patria. De manera que a nadie le es dable secuestrar su espíritu.

Raúl Marín | 17 de Julio 2007

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